MERCEDES | CONDENARON A UNA MUJER POR ESTAFAR A UNA AMIGA CON CRÉDITOS Y OPERACIONES BANCARIAS
Una mujer fue condenada a tres años de prisión de cumplimiento en suspenso por una estafa cometida contra una amiga, a quien habría engañado para obtener datos personales y acceder a productos financieros a su nombre.
La sentencia fue dictada por la jueza de Garantías de Mercedes, doctora Simy Beatriz Benasayag, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado pleno y consideró acreditada la responsabilidad de la acusada como autora material del delito de estafa.
La resolución Nº 69/26 corresponde al Legajo Judicial 8347/23 y fue fundamentada el 22 de junio de 2026, luego de la audiencia realizada el 16 de junio en la Sala de Audiencias de la Oficina Judicial de Mercedes.
Según los hechos considerados probados, la relación entre la acusada y la víctima comenzó aproximadamente en abril de 2023, cuando ambas establecieron un vínculo personal y de amistad.
En ese contexto, y bajo el ofrecimiento de gestionar una afiliación a una empresa de medicina prepaga, la condenada habría obtenido fotografías, recibos de sueldo y una copia del DNI de la damnificada.
La investigación determinó que esa información posteriormente fue utilizada para gestionar aplicaciones y productos bancarios a nombre de la víctima.
Entre las operaciones acreditadas figura un crédito virtual de $1.148.500, además de transferencias y otras operaciones realizadas durante julio de 2023 por $820.000 y $1.344.000, junto con un adelanto de aguinaldo de $90.000.
Las maniobras provocaron un perjuicio económico en el patrimonio de la damnificada y generaron un incremento progresivo de la deuda asociada a los productos financieros utilizados.
LAS PRUEBAS QUE RESPALDARON LA CONDENA
Al analizar el acuerdo de juicio abreviado, la magistrada destacó que la condena no podía sustentarse únicamente en el reconocimiento de los hechos realizado por la acusada.
Entre los elementos incorporados al expediente fueron valorados la denuncia y sus ampliaciones, capturas de pantalla, comunicaciones con entidades financieras, informes bancarios y movimientos de cuentas.
Esa documentación permitió corroborar las operaciones realizadas a nombre de la víctima y la utilización de productos financieros sin su autorización.
Tras analizar el conjunto de pruebas, Benasayag consideró respaldada la aceptación de los hechos realizada por la imputada y determinó su responsabilidad penal.
La jueza también concluyó que la conducta correspondía ser encuadrada como estafa, en carácter de autora material.
TRES AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO
La pena acordada fue de tres años de prisión en suspenso, además del cumplimiento de distintas reglas de conducta durante ese período.
La condenada deberá fijar residencia y un número de contacto, mantener una restricción de acercamiento de 100 metros respecto de la víctima y abstenerse de establecer contacto con ella.
También deberá evitar cometer nuevos delitos, abstenerse del consumo excesivo de alcohol en lugares públicos y del consumo de estupefacientes, además de presentarse cada tres meses ante la Oficina Judicial para acreditar el cumplimiento de las condiciones impuestas.
DEBERÁ PAGAR $10 MILLONES A LA VÍCTIMA
Como parte del acuerdo homologado, la mujer también deberá abonar $10 millones en concepto de reparación de daños y perjuicios a favor de la víctima.
El pago se realizará mediante una primera cuota de $1 millón, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la apertura de una cuenta judicial.
El saldo restante será abonado en 18 cuotas consecutivas de $500.000.
La magistrada consideró que el monto acordado resulta adecuado como compensación por el daño material y moral ocasionado.
Una vez que la sentencia quede firme, el expediente será remitido para la correspondiente etapa de ejecución y se realizarán las comunicaciones a los organismos estatales establecidos en la resolución.






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